miércoles, 30 de diciembre de 2015

PORCENTAJE DEL 1% DE RETENCIÓN DE IMPUESTO A LA RENTA PARA BIENES MUEBLES DE ORIGEN AGRÍCOLA, AVÍCOLA, PECUARIO, APÍCOLA, CUNÍCOLA, BIOACUÁTICO Y FORESTAL

El Servicio de Rentas Internas informó que a partir del 1 de enero de 2016 estarán sujetos al 1% de retención en la fuente del impuesto a la renta los pagos o acreditaciones en cuenta por la adquisición de bienes muebles de origen agrícola, avícola, pecuario, apícola, cunícola, bioacuático y forestal, independientemente de que se emita factura o liquidación de compra de bienes o prestación de servicios.
Hasta el 31 de diciembre del 2015 el porcentaje aplicado es del 2% por pagos en este tipo de transacciones sustentadas en liquidaciones de compra emitidas a contribuyentes que por su nivel cultural o rusticidad no se encuentren en posibilidad de emitir comprobantes de venta.
Base normativa: Resolución SRI NAC-DGERCGC15-00003146 publicada en Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 639 del 1 de diciembre del 2015.

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