martes, 12 de enero de 2016

LIQUIDACION DE IMPUESTO A LA RENTA 2016 Y PROYECCION DE GASTOS PERSONALES

Se adjunta tabla para la liquidación de Impuesto a la Renta 2016, la misma que fue publicada en el RO 657 del 28 de diciembre 2015.
Artículo 1.- Objeto.- Establecer los rangos de las tablas establecidas para liquidar el impuesto a la renta de las personas naturales, sucesiones indivisas, herencias, legados y donaciones para el 2016 a partir de la variación anual del índice de Precios al Consumidor de Área Urbana dictado por el INEC al 30 de noviembre de 2015.
Artículo 2.- Personas naturales y sucesiones indivisas.- Los rangos de la tabla prevista en el literal a) del artículo 36 de la Ley de Régimen Tributario Interno para la liquidación del impuesto a la renta para los ingresos percibidos por las personas naturales y sucesiones indivisas correspondientes al ejercicio económico 2016 son los siguientes:
 
Año 2016 - En dólares
Fracción BásicaExceso HastaImpuesto Fracción BásicaImpuesto Fracción Excedente
 -         11,170.00                     -   0%
         11,170.00         14,240.00                     -   5%
         14,240.00         17,800.00              153.00 10%
         17,800.00         21,370.00              509.00 12%
         21,370.00         42,740.00              938.00 15%
         42,740.00         64,090.00           4,143.00 20%
         64,090.00         85,470.00           8,413.00 25%
         85,470.00       113,940.00         13,758.00 30%
       113,940.00  En adelante         22,299.00 35%

Gastos personales.
 
La deducción total por gastos personales no podrá superar el 50% del total de sus ingresos gravados, y en ningún caso  será mayor al equivalente a 1.3 veces la fracción básica exenta de Impuesto a la Renta de personas naturales. A partir del año 2011 debe considerarse como cuantía máxima para cada tipo de gasto, el monto equivalente a la fracción básica exenta de Impuesto a la Renta en: vivienda 0.325 veces, educación 0.325  veces, alimentación 0.325 veces, vestimenta 0.325, salud 1.3 veces.
 
Tipo % Base
Vivienda 0.325           3,630.25
Educación 0.325           3,630.25
Salud 1.300         14,521.00
Vestimenta 0.325           3,630.25
Alimentación 0.325           3,630.25
 
Hacer click AQUI para descargar la normativa antes mencionada.

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