miércoles, 22 de agosto de 2018

Normativa reciente: suplemento R.O. 309 del 21 de agosto del 2018.- Se publica "LEY ORGÁNICA PARA EL FOMENTO PRODUCTIVO, ATRACCIÓN DE INVERSIONES, GENERACIÓN DE EMPLEO, Y ESTABILIDAD Y EQUILIBRIO FISCAL".

Se adjunta la siguiente normativa reciente, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 309 del 21 de agosto del 2018, en la cual principalmente comprende lo siguiente:

ASAMBLEA NACIONAL.
Se publica.- LEY ORGÁNICA PARA EL FOMENTO PRODUCTIVO, ATRACCIÓN DE INVERSIONES, GENERACIÓN DE EMPLEO, Y ESTABILIDAD Y EQUILIBRIO FISCAL.

Entre otros temas, esta Ley dispone:

La remisión del 100% de intereses, multas y recargos por las deudas y obligaciones con el SRI, IESS, matriculación vehicular, aduaneras, créditos educativos, becas y servicios básicos que proporcionan las empresas públicas. Se da el plazo máximo de 90 días a todos los deudores para que puedan pagar el capital y exonerarse de los castigos por los atrasos. En el caso de que el contribuyente no tenga la capacidad de pago inmediato, podrá solicitar facilidades de pago a la Administración Tributaria (hasta de tres años). 

El No pago del Impuesto a la Renta para aquellos empresarios que inviertan en Quito y Guayaquil, por el lapso de 8 años. Para quienes inviertan en el resto del País la exención será de 12 años. 

Los contribuyentes inscritos en el Régimen Impositivo Simplificado, no pagarán anticipo de impuesto a la Renta; las nuevas inversiones tendrán derecho a la exoneración del Impuesto a la Salida de Divisas; y los contribuyentes que reinviertan el 50% de sus utilidades en activos productivos, también estarán exonerados. 

Incorporar el mecanismo de arbitraje; el Estado garantizará mecanismos técnicos de arbitraje nacional o regional para las inversiones y contratos que superen los diez millones de dólares. 

Finalmente, en el Capítulo IV, dispone la reforma a varios cuerpos legales.

Hacer click AQUÍ para descargar la normativa antes mencionada.

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